El Tribunal Supremo en sentencia dictada el dia 22 de enero de 2.015, determina que si bien el juicio notarial de la capacidad de testar está asistido de relevancia de certidumbre, dado el prestigio y la confianza social que merecen los notarios,
puede ser desvirtuado mediante prueba en contrario que demuestre que los padecimientos que pueda presentar en los días próximos al que se otorgó el testamento eran de tal entidad que provocan una incapacidad para testar, lo cual se efectúa, según nuestra opinión, mediante la consiguiente prueba pericial de médicos neurólogo.
Letrado.-Carlos Paredes López
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